• La Junta de Gobierno aprueba las bases para optar a las ayudas a la vacunación en este año 2022
  • Los interesados ​​pueden solicitarlas del 15 de octubre al 31 de diciembre

El Ayuntamiento de Bellreguard subvencionará la adquisición y administración de la vacuna Bexsero a niños y niñas empadronados en el pueblo. A tal efecto, la Junta de Gobierno Local dio vía libre ayer a la convocatoria y las bases que regirán el otorgamiento de las ayudas, que serán de 106,5 euros por dos dosis por menor nacido, adoptado o acogido legalmente durante más de seis meses.

Bexsero es el nombre comercial de la vacuna que protege de la meningitis tipo B, un inyectable altamente aconsejado para la población infantil a partir de dos meses de vida. La subvención que ahora impulsa el Consistorio cubre el 100% de su adquisición y administración, de modo que “la vacunación no supondrá coste alguno para los beneficiarios de la ayuda, ya que el importe de la ayuda es exactamente el actual precio de la vacuna en la farmacia”, ha recalcado el alcalde, Joan Marco.

La concejala de Sanidad, Sandra Gadea, ha recordado que la ley de Régimen Jurídico de la Comunidad Valenciana otorga a los ayuntamientos competencias en participación en la gestión de la atención primaria de la salud, y es por eso que en el Consistorio “hemos decidido lanzar estas ayudas, pues proteger a nuestra población de enfermedades peligrosas como la meningitis B es una prioridad para el gobierno de Bellreguard”.

Toda la información necesaria para optar a las ayudas está ya expuesta en la sección Tablón de Anuncios de la web del Ayuntamiento de Bellreguard, en este enlace: https://bellreguard.sedelectronica.es/board

Las ayudas podrán solicitarse a partir de mañana, sábado 15 de octubre, y hasta el 31 de diciembre. Para beneficiarse de ellas, los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos: ser español o extranjero residente legal en territorio español; estar empadronados en Bellreguard tanto al menor como a los miembros de la unidad familiar, al menos 6 meses antes de la solicitud; no haber sido privados total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos o cuya tutela haya sido asumida por una institución pública; haberse producido el nacimiento, adopción o acogimiento del menor dentro del año 2022; no haber sido solicitada por otro miembro de la misma unidad familiar o por el otro progenitor, adoptante o acogedor; en caso de separación o divorcio, quien tenga la guarda y custodia; y no tener ninguna deuda pendiente con el Ayuntamiento de Bellreguard, en la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.

Con la solicitud se deberá aportar una copia del documento acreditativo de la patria potestad o acogimiento del menor, una declaración responsable y una hoja de mantenimiento de terceros en modelo normalizado (datos bancarios).

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